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Secretaría General

Gerencia

La Secretaria General es el órgano de apoyo encargado de programar, dirigir, ejecutar y coordinar el apoyo administrativo del Concejo Municipal; organizar la gestión documentaria y archivística de la Municipalidad y la celebración de matrimonios civiles; asimismo, crea las condiciones y mecanismos adecuados para fortalecer la participación vecinal.

La Secretaria General está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Gerente quien depende funcionalmente y jerárquicamente del Despacho de Alcaldía.

Funciones:

    1. Prestar apoyo administrativo a la Alcaldía y al Concejo Municipal, cuando sea requerido.
    2. Convocar a los Regidores y/o funcionarios a sesiones de Concejo que disponga la Alcaldía; asimismo, confeccionar y llevar las Actas de sesiones del Concejo, y actuar como secretario.
    3. Dar fe de los acuerdos adoptados por el Concejo Municipal y de las Resoluciones que emite el Despacho de Alcaldía.
    4. Conducir el registro, publicación, distri¬bución y custodia de los Acuerdos, Ordenanzas, Decretos y Resoluciones, cuando corresponda, así como transcribir y autenticar sus copias.
    5. Elaborar proyectos normativos de su competencia.
    6. Comunicar oportunamente las citaciones y agenda de las reuniones de las comisiones que dispongan los Presidentes de las mismas.
    7. Administrar y custodiar los dispositivos que emitan los órganos de gobierno de la Municipalidad, velar por el cumplimiento de las formalidades relativas a la expedición de las resoluciones que emitan por delegación, las unidades orgánicas, así como su custodia.
    8. Certificar las copias de los documentos que obran en el Archivo Central, así como de los documentos y expedientes en trámite.
    9. Organizar, coordinar y controlar el Siste¬ma de Gestión Documental y del Archivo Central de la Municipalidad.
    10. Coordinar con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil o la Superintendencia Nacional de Registros Públicos las anotaciones marginales y/o inscripción de la Resolución de Alcaldía que dispone la disolución de vínculo matrimonial, según corresponda.
    11. Celebrar los matrimonios civiles conforme a Ley, así como todas las acciones administrativas relacionadas a dicho acto.
    12. Atender las solicitudes de acceso a la información institucional, en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Nº 27806.
    13. Fomentar el desarrollo de políticas de anticorrupción y de ética pública, y entre ellas difundir el Código de Ética de la Función Pública.
    14. Proponer la designación de los fedatarios de la Municipalidad, así como evaluar su desempeño.
    15. Cumplir con las demás funciones afines que le asigne la Gerencia Municipal en materia de su competencia, y con las señaladas en la Quinta Disposición Complementaria Final del presente Reglamento.

La Secretaría General para el cumplimiento de sus funciones cuenta con la siguiente unidad orgánica:

  • Subgerencia de Atención al Ciudadano y Gestión Documental.
  • Subgerencia de Participación Vecinal.

Subgerencia de Atención al Ciudadano y Gestión Documental.

La Subgerencia de Atención al Ciudadano y Gestión Documental es la unidad orgánica encargada de planificar, gestionar, dirigir, controlar, supervisar y orientar la atención al ciudadano en la sede institucional y Plataforma de Atención; responsable del Sistema de Gestión Documental y del Sistema Institucional de Archivo, de conformidad con la política municipal y normatividad vigente.

La Subgerencia de Atención al Ciudadano y Gestión Documental está a cargo de un funcionario de confianza, con nivel de Sub Gerente, quien depende funcional y jerárquicamente de la Secretaría General.

Funciones:

    1. Proponer y ejecutar las políticas de atención al ciudadano.
    2. Planificar, organizar, dirigir y controlar la atención al ciudadano, a través de los diferentes canales de atención vigentes (presencial, telefónica e informática), en coordinación con las otras unidades orgánicas.
    3. Fortalecer el proceso de acercamiento y mejora de servicios que brinda la Municipalidad al administrado.
    4. Elaborar y desarrollar propuestas orientadas a mejorar la calidad de atención al usuario, sobre la base de indicadores que permitan el seguimiento y mejora continua del servicio.
    5. Coordinar con las áreas involucradas en la atención al público, la capacitación del personal a su cargo, respecto a temas de su competencia, y la mejora de la calidad del servicio.
    6. Coordinar con las áreas involucradas en la atención al público, la disponibilidad permanente del personal en los diferentes canales de atención ciudadana durante la jornada laboral, supervisando su cumplimiento.
    7. Encargarse del Libro de Reclamaciones; recepcionar, tramitar, dar respuesta a los reclamos, quejas, consultas y/o sugerencias que se presenten a través de los diferentes canales de atención.
    8. Administrar y ejecutar las acciones de protocolo en la Plataforma de Atención al Ciudadano, y en el módulo de atención ubicado en el Palacio Municipal.
    9. Programar, organizar, dirigir, supervisar y controlar las acciones relacionadas con la gestión documental.
    10. Administrar de manera conjunta con la Gerencia de Tecnologia de la Información, el proceso la información en el Sistema de Gestión Documental, para implementar mejoras.
    11. Recepcionar, registrar en el Sistema de Gestión Documental y distribuir los documentos que ingresan a la Municipalidad, dirigidos a la Alta Dirección y unidades orgánicas en las que no se hubiese desconcentrado esta función.
    12. Supervisar y controlar conjuntamente con las unidades orgánicas correspondientes, el correcto desempeño de los módulos de atención asignados a cada una de ellas, así como el uso correcto del Sistema de Gestión Documental.
    13. Atender las consultas y solicitudes de ubicación e información de los documentos ingresados a través del Sistema de Gestión Documental.
    14. Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia a través de directivas, procedimientos y/u otros documentos.
    15. Administrar el sistema institucional de archivo, así como proponer e implementar mejoras.
    16. Coordinar con el Archivo General de la Nación, en aspectos relacionados a su competencia, y cuando el caso lo amerite.
    17. Organizar y controlar los mecanismos de archivo, asignación y conservación de los documentos, así como proporcionar servicios de información sobre la documentación archivada, estableciéndose para tal fin políticas, técnicas y procedimientos de archivo consideradas en el Sistema Nacional de Archivos.
    18. Proporcionar servicios de información sobre la documentación archivada
    19. Velar por una adecuada custodia, conservación, ordenamiento y clasificación del acervo documentario, y - de corresponder - proponer su eliminación previa autorización del Archivo General de la Nación.
    20. Brindar apoyo técnico en materia archivística a las unidades orgánicas de la Municipalidad.
    21. Cumplir con las demás funciones afines que le asigne la Secretaría General en materia de su competencia, y con las señaladas en la Quinta Disposición Complementaria Final del presente Reglamento.

Subgerencia de Participación Vecinal

La Subgerencia de Participación Vecinal es la unidad orgánica encargado de promover la participación organizada de la ciudadanía, a fin de generar una cultura cívica, responsable y vigilante de los asuntos de la gestión; promueve, facilita, articula y fortalece los espacios de participación de los ciudadanos en el gobierno local, dentro del marco de los dispositivos legales aplicables; encargado de registrar y acreditar las organizaciones vecinales del distrito. Actúa como Secretaría Técnica de la mayoría de los órganos de coordinación.

La Subgerencia de Participación Vecinal está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Sub Gerente, quien depende funcional y jerárquicamente de la Secretaria General.

Funciones:

    1. Organizar y mantener actualizado un Registro Único de Organizaciones Sociales, de acuerdo a las normas legales vigentes.
    2. Acreditar a los representantes de las organizaciones de vecinos ante los Órganos de Coordinación de la Municipalidad de Pueblo Libre.
    3. Realizar las coordinaciones que permitan canalizar la participación vecinal en la gestión municipal.
    4. Asistir técnicamente durante el proceso normativo regulador, así como en la ejecución de actividades conducentes para la constitución, organización y funcionamiento de las Juntas Vecinales de Pueblo Libre.
    5. Organizar campañas de capacitación dirigidos a los representantes de las Juntas Vecinales durante el proceso de diseño, elaboración y ejecución de sus Planes de Trabajo
    6. Organizar el proceso de inscripción de las Juntas Vecinales con mandato vigente.
    7. Mantener informadas a las Comités Vecinales y Juntas Vecinales, de las principales disposiciones y ordenanzas municipales en beneficio de la comunidad.
    8. Conducir programas de capacitación dirigidos a los representantes de la sociedad civil que conforman instancias de participación ciudadana, en materia de sus funciones, atribuciones y competencias.
    9. Organizar, dirigir y controlar actividades relacionadas a la promoción, constitución, reconocimiento de las organizaciones sociales del distrito.
    10. Promover y convocar la participación vecinal para la formulación, debate y concertación del Plan de Desarrollo Local, del Presupuesto Participativo y la gestión de la municipalidad.
    11. Alertar a las áreas u organismos competentes los asuntos de urgencia, situaciones no previstas con la intención de salvaguardar la integridad de los vecinos, del patrimonio público y privado.
    12. Coordinar con las unidades orgánicas involucradas en el proceso de programación del Presupuesto Participativo.
    13. Organizar el proceso de elección de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinación Local Distrital de Pueblo Libre.
    14. Capacitar, evaluar, orientar, dirigir, supervisar, a los Coordinadores de Participación Ciudadana a su cargo.
    15. Atender las consultas y trámites de los vecinos y/o contribuyentes, dentro del ámbito de su competencia, en coordinación con las unidades orgánicas correspondientes.
    16. Reconocer y registras a las Organizaciones Sociales y su respectiva directiva en el Registro Único de Organizaciones Sociales de estas Corporación Edil.
    17. Cumplir con las demás funciones afines que le asigne la Secretaria General en materia de su competencia, y con las señaladas en la Quinta Disposición Complementaria Final del presente Reglamento.